El presente artículo fue escrito por el Cr. Alexei Yaquimenko, titular de Svet Franquicias desde 2006, la consultora líder de franquicias en Uruguay y socio de SDEYF Consultora de Franquicias de España. Cuenta  con desarrollos y expansiones de marcas en Uruguay, Chile, Paraguay, Centroamérica y Europa. Integrante del Comité Internacional de Desarrollos de Franquicias.

La próxima Convención Internacional de FCI es en México y en SVET Franquicias de Uruguay y SDEYF Franquicias de España, estamos comprometidos en desembarcar marcas clientes en territorio azteca y para ello te dejamos aspectos importantes a la hora de comercializar una franquicia.

En México, el acuerdo de franquicia está regulado en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En este sentido, habrá una franquicia cuando se otorgue la licencia para usar una marca, donde se transmitan conocimientos técnicos o se proporciona asistencia técnica para que la persona a quien se otorga pueda producir o vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca, con el objetivo de mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios que distingue.

Según la ley mexicana, el acuerdo de franquicia debe estar por escrito, conteniendo, al menos, el área geográfica en la que el franquiciatario llevará a cabo las actividades que son objeto del acuerdo, la ubicación, tamaño mínimo y características de las inversiones en infraestructura, las políticas de inventario, comercialización y publicidad, así como las disposiciones relacionadas con el suministro de bienes y la contratación con proveedores, si corresponde. Además las políticas, procedimientos y términos relacionados con reembolsos, financiamiento y otras compensaciones pagaderas por las partes, bajo los términos acordados en el acuerdo. Igualmente deben de dejar claro los criterios y métodos aplicables a la determinación de los márgenes de beneficio o comisiones de los franquiciatarios, las características de la formación técnica y operativa del personal del franquiciatario, así como el método o forma en que el franquiciante proporcionará asistencia técnica, los criterios, métodos y procedimientos de supervisión, información, evaluación y calificación del desempeño, así como la calidad de los servicios proporcionados por el franquiciante y el franquiciatario, los términos y condiciones para subfranquiciar, en caso de que las partes así lo acuerden, las causas de terminación de la franquicia y los supuestos en los que se aplican los términos o condiciones relacionados con el acuerdo de franquicia.

Uno de los puntos importantes es que el franquiciado no está obligado a vender sus activos al franquiciante al final del acuerdo, ni a transferir acciones de su empresa, a menos que se acuerde lo contrario. Además, el franquiciante puede intervenir en la organización y operación del franquiciado para garantizar el cumplimiento de los estándares de la franquicia, siempre y cuando esto esté estipulado en el acuerdo.

Ahora bien, el hecho de desarrollar una marca en un territorio extranjero genera incertidumbre para la marca que desea dar el salto. Esa incertidumbre es principalmente sobre la legislación o aspectos cotidianos que por desconocimiento o error, puede incurrir en alguna falta o sanción. Para eso es importante contar con un asesor local que como es el caso de Alcázar y Compañía, socio mexicano de FCI que desarrolla, estructura y comercializa franquicias desde hace 30 años y asegurando un correcto desembarco en México.

En la actualidad, México acoge con brazos abiertos las franquicias extranjeras, sin embargo, este panorama de oportunidades se teje con hilos de regulaciones y requisitos que no deben pasarse por alto. En el entramado legal del país, la Ley de Inversión Extranjera es el faro que guía el establecimiento de estas empresas foráneas, junto con los protocolos de notificación ante la Secretaría de Economía.  Para salvaguardar la identidad y el valor de la marca en suelo mexicano, se aconseja encarecidamente inscribirla en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Este paso crucial protege el nombre y los activos asociados de posibles usurpadores y competidores desleales.  En el lienzo corporativo de México, las figuras más destacadas son la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima, estructuras que demandan al menos dos socios y una inversión mínima. La formalización de estatutos y el registro en el Registro Público de Comercio son rituales indispensables para el nacimiento de una nueva empresa en estas tierras.  Aunque el horizonte regulatorio no dibuja líneas específicas para las franquicias, la sombra de la vigilancia gubernamental se cierne sobre posibles prácticas monopólicas o concentraciones de poder que podrían emerger del florecimiento de estas alianzas comerciales. Un crecimiento excesivo o un desarrollo desmedido podrían despertar la atención de las autoridades, que velan por la salud y la equidad del mercado.

Además  la legislación no trata específicamente las franquicias, pero es importante tener en claro que se aplican regulaciones generales para proteger al consumidor final de bienes y servicios comercializados bajo una franquicia.

Por último expresaremos las importancias del documento de inicio del vínculo de las franquicias como la rescisión de un acuerdo de franquicias.

Debe tenerse en cuenta que el otorgante de una franquicia (el poseedor de la marca comercial) está obligado a proporcionar a la parte interesada en adquirir la franquicia (el franquiciatario) información técnica, económica y financiera sobre el estado de su empresa, con al menos treinta días de anticipación a la firma del acuerdo. Esta información debe incluir, como mínimo detalles como el nombre o la razón social, domicilio y nacionalidad del franquiciante, una descripción exhaustiva de la franquicia, la antigüedad tanto de la empresa original de la franquicia como, si aplica, del franquiciante máster en el ámbito de negocio de la franquicia, los derechos de propiedad intelectual relacionados con la franquicia, los montos y conceptos de los pagos que el franquiciatario deberá realizar al franquiciante, tipos de asistencia técnica y servicios que el franquiciante se compromete a brindar al franquiciatario, delimitación del área territorial en la que el franquiciatario podrá operar la franquicia, derecho del franquiciatario a otorgar o no subfranquicias a terceros y, en su caso, los requisitos que deberá cumplir para hacerlo, obligaciones del franquiciatario respecto a la información confidencial proporcionada por el franquiciante. En términos generales, las obligaciones y derechos que se derivan para el franquiciatario del futuro  acuerdo de franquicia. En el caso de que la información proporcionada por el franquiciante no sea veraz, el franquiciatario, además de reclamar la nulidad del acuerdo, tendrá derecho a exigir el pago de los daños causados por el incumplimiento. Este derecho podrá ejercerse durante un año a partir de la conclusión del acuerdo. Pasado este período, solo podrá demandarse la nulidad del acuerdo.

En ese acuerdo no existe una relación laboral entre el franquiciador y el franquiciatario, es clave saber que al amparo del derecho laboral mexicano, el franquiciador puede tener responsabilidad ante los trabajadores del franquiciatario bajo ciertas condiciones por eso también expresaremos las diferentes formas de resolver el acuerdo de franquicias a la luz del derecho mexicano.

El franquiciador y el franquiciado no pueden terminar o rescindir unilateralmente el contrato de franquicia a menos que se haya acordado por un período indefinido o exista una causa justa para ello. El franquiciado o el franquiciador pueden dar por terminado el acuerdo anticipadamente, ya sea por acuerdo mutuo o por rescisión, pero deben cumplir con las causas y procedimientos acordados en el acuerdo correspondiente. En caso de violaciones a tales disposiciones, la terminación anticipada realizada por el franquiciador o el franquiciado resultará en el pago de las sanciones convencionales acordadas por las partes en el contrato de franquicia, o en su lugar, en compensación por los daños causados.

Para terminar, un aspecto tan importante como la resolución del contrato es la renovación o transferencia de la franquicia. La renovación o transferencia de la franquicia, a menos que se estipule lo contrario en el contrato de franquicia, será necesario que las partes acuerden nuevamente el plazo aplicable, así como los términos y condiciones correspondientes o las disposiciones para su transferencia, observando en todo momento el contenido mínimo del contrato de franquicia estipulado por la ley.